Cataluña siempre ha sido importante dentro del conjunto del Estado español. Lo sigue siendo, tanto en el plano político como en el económico que tanto se debate en estos días. En este último sentido, la Constitución Española, desde su promulgación, estableció un marco legal para la organización territorial del país y reconoció la existencia de dos sistemas financieros en España. Por un lado, las Comunidades Autónomas que tienen competencias en áreas como educación, sanidad, cultura y alguna otra más, que poseen su propio sistema de financiación en el que se incluyen impuestos y transferencias del Estado central. Y, por otra parte, las Comunidades Forales, que son, como todo el mundo conoce, Navarra y el País Vasco, que tienen un sistema financiero especial basado en sus propios regímenes fiscales y de recaudación de impuestos. Es decir, desde su nacimiento, se dejó cojo el sistema financiero del Estado al reconocer dos regímenes o procedimientos diferentes. Es por ello que, reformar esa asimetría y/o conceder a Cataluña una determinada “singularidad”, es y se convierte en una tarea muy complicada. En todo caso, lo que parece evidente, a mi modo de ver, es que la financiación de las Comunidades y Ciudades Autónomas debería negociarse entre todas las comunidades y en el seno del Parlamento del Estado; puesto que España es diversa, sí; pero los ciudadanos se supone que somos iguales, vivamos donde vivamos.
Indudablemente, el tema es complejo. Cataluña aporta mucho al Estado y por ello, se infiere que debe percibir, en justicia, más de lo que actualmente recibe. Parece razonable. No obstante, siguiendo con esta premisa, cabría considerar que los ciudadanos que más aportan por su renta a las arcas públicas, deberían obtener más recursos que otros en determinadas cuestiones; como, por ejemplo, una mejor Sanidad, Educación, Dependencia, Transporte Público etc. Sin embargo, eso no se hace, pues sería un disparate. En este aspecto, extrapolando la cuestión, podríamos decir que la financiación autonómica es como una tarta, y si alguien se lleva más, llamémosle “singularidad”, a los otros les queda menos para repartir. Creo que es así de fácil. Hacienda es un juego de suma cero y, por consiguiente, parece que no hay soluciones del tipo de sacar un conejo de la chistera. Por lo tanto, si se cambia una Norma que ayude a un lado, le afectará ineludiblemente al otro. ¿Que la Norma actual NO es justa? Estoy convencido. ¿Qué se puede hacer entonces…? En este sentido, teniendo escasos conocimientos económicos, me he molestado en acceder a la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas, en la que he encontrado abundantes datos sobre la financiación, normativa y otros aspectos relacionados con las CC.AA. en España. Y, además, me he leído la Ley 22/2009, que establece el sistema de financiación de las CC.AA. y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
En consecuencia, con la citada información y aún siendo consciente de poder cometer errores de interpretación, me atrevo a opinar, grosso modo, lo siguiente. Una posible solución, tal vez, sería trasladar el modelo de Cupo al resto de Comunidades Autónomas que no lo tienen. Y para ello, el Estado cedería a las Comunidades Autónomas de Régimen Común la totalidad de los ingresos tributarios obtenidos en su territorio por los impuestos similares que hoy están concertados con Euskadi y Navarra; es decir, IRPF, Sociedades, IVA, etc. De esta manera se pasaría, de la situación actual de responsabilidad tributaria limitada de las quince CC.AA., a la de plena responsabilidad tributaria que, a día de hoy, tienen reconocida solamente las cuatro Haciendas Forales de País Vasco y Navarra. Seguidamente, habría que extender la metodología de Cupo a las quince Comunidades Autónomas. Para lo cual, siguiendo la actual metodología concertada, se establecería un modelo de aportación al Estado basado en el peso del PIB de cada Comunidad Autónoma sobre el total Estatal. Y, a este respecto, la capitalidad, sería una competencia a pagar al Estado. Todo ello, se completaría con unos mecanismos transparentes y exigentes de solidaridad inter-territorial, contra proyectos aprobados, y siguiendo el criterio de ordinalidad. O sea, según el orden de preferencia que se establece para asignar recursos o competencias tributarias entre las distintas CC.AA. Por ejemplo, algunas CC.AA. pueden tener prioridad en la recaudación de ciertos impuestos o en la gestión de determinadas tasas, según su posición en la jerarquía de competencias. Este orden jerárquico se establece en función de la legislación y los acuerdos entre el Estado central y las comunidades autónomas.
Finalmente, en este supuesto teórico, cada Comunidad Autónoma contribuiría al sostenimiento de las cargas generales del Estado, de acuerdo con lo que supusiera su PIB sobre el conjunto del PIB del Estado español. Y, de esta forma, considero que quedaría absolutamente claro cuánto aporta cada Comunidad Autónoma a las cargas generales del Estado. Y, al mismo tiempo, reflejaría directamente cuál sería la ventaja que tendrían las Comunidades Autónomas de menor Renta per Cápita al pagar menos Cupo. Lo cual permitiría conocer el esfuerzo fiscal de cada Comunidad y su capacidad de gasto. No obstante, dicho todo esto, convendría no olvidar lo que nos dejó dicho el filósofo y economista británico John Stuart Mill y es que, “Ningún problema económico tiene una solución puramente económica”.


